Identifica el acto recibido
Una carta, correo informativo, citación, requerimiento o liquidación no tienen el mismo efecto. Verifica su autenticidad, autoridad, fecha de notificación y canal de respuesta.
Desde el 1 de noviembre de 2026, la Ley N.º 21.850 modifica reglas del Código Tributario relacionadas con el acceso y el intercambio de información entre organismos del Estado.
Los cambios buscan fortalecer el cumplimiento tributario y mejorar la validación de ingresos para programas sociales. No crean por sí solos una fiscalización automática, ni reemplazan las etapas, plazos y derechos que corresponden cuando el SII realiza una actuación concreta.
La reforma incorpora dos modificaciones principales en esta materia:
El alcance debe leerse desde estas disposiciones. La ley no reemplaza todo el procedimiento de fiscalización ni altera, por asociación, cualquier plazo del Código Tributario.
La posibilidad de solicitar información nominativa facilita cruces con antecedentes mantenidos por otros órganos públicos. En la práctica, aumenta la importancia de que declaraciones, registros y beneficios sean coherentes entre sí.
Una diferencia de datos puede tener múltiples explicaciones: períodos distintos, actualizaciones pendientes, errores de identificación o tratamientos jurídicos diferentes. Detectarla no equivale a probar una infracción, pero sí puede originar una solicitud de aclaración.
El artículo 85 quáter permite a organismos que administran instrumentos de caracterización socioeconómica entregar a la Dirección de Presupuestos información reservada o secreta cuando exista un requerimiento fundado para analizar focalización, eficiencia y asignación del gasto.
También permite que el SII entregue la información tributaria estrictamente necesaria para validar los ingresos declarados por beneficiarios de programas sociales. La información mantiene su carácter secreto o reservado conforme al artículo 35 del Código Tributario y la normativa vigente.
La reforma hace recomendable revisar la consistencia entre:
No se trata de modificar datos correctos para que “coincidan”, sino de identificar diferencias, documentar su causa y corregir errores por el canal adecuado cuando corresponda.
Una carta, correo informativo, citación, requerimiento o liquidación no tienen el mismo efecto. Verifica su autenticidad, autoridad, fecha de notificación y canal de respuesta.
Separa cada año, impuesto o inconsistencia. Evita enviar documentación masiva sin relacionarla con lo solicitado.
Explica el origen del dato, la diferencia y el respaldo. Una tabla cronológica suele ser más útil que documentos sin contexto.
Registra la fecha de notificación y el vencimiento. Si existe controversia, evalúa oportunamente las vías administrativas o judiciales aplicables.
Reúne el documento completo, su comprobante de notificación, declaraciones del período, libros o registros y comunicaciones previas. No respondas únicamente desde el texto visible en un correo si existe una resolución o actuación formal adjunta.
En Justo Proceso revisamos el alcance del requerimiento y la estrategia documental. Conoce nuestra asesoría y defensa tributaria.
Respuestas generales basadas en la normativa vigente. La aplicación concreta depende de cada antecedente.
No. Facilita intercambios de información, pero una fiscalización concreta debe seguir las reglas y actuaciones que correspondan.
Sí. El nuevo párrafo del artículo 59 permite solicitar información nominativa a entidades de la Administración del Estado.
No. El nuevo artículo 85 quáter ordena mantener el carácter secreto o reservado de la información intercambiada.
No. El plazo depende del tipo de actuación, la norma aplicable y la forma de notificación.
Declaraciones, libros, contratos, cartolas, certificados, conciliaciones y comunicaciones vinculadas a los datos informados.
No por sí sola. Debe analizarse su causa y el contexto jurídico y temporal de los datos.
Reúne la notificación y verifica de inmediato las actuaciones disponibles. Solicitar evaluación.
Equipo Jurídico
Conoce al corazón de Justo Proceso: un equipo de expertos legales apasionados y comprometidos. Nuestros abogados combinan experiencia, conocimiento y dedicación para ofrecer la mejor representación y asesoría legal. Trabajamos juntos para asegurar que sus derechos estén siempre protegidos y sus expectativas superadas.
Conoce todo nuestro Equipo
La experiencia y satisfacción de quienes han confiado en nuestro equipo legal.
Muy buen servicio, excelente disposición, orientación y asesoría para poder resolver mis dudas y tomar el mejor camino para destrabar mi situación, gran equipo de profesionales. Las buenas experiencias se recomiendan.
Excelente servicio. El nivel de respuesta es muy alto y rápido. Además son muy minuciosos en la entrega de información, gracias a eso siempre tuve todo muy claro durante mi proceso. Los recomiendo 100%
Excelentes profesionales, muy comprometidos, responsables y dispuestos a brindar toda la información que uno necesita.
Ofrecen un excelente servicio, fueron de gran ayuda en el juicio con mi antiguo empleador por despido injustificado.
Excelentes profesionales. Acatan cada caso con sus particulares y brindan una pauta clara del paso a paso que es necesario seguir. Siempre velando por el bienestar y expectativas del cliente.
Son muy profesionales y empáticos con sus clientes. Me orientaron hasta el final del juicio hasta ganar lo que quería, muchas gracias !!
Visítanos en nuestras sedes o agenda tu atención presencial o remota con nuestros abogados.
Región Metropolitana
Región de Valparaíso
Región de Antofagasta
Nuestros abogados están listos para abordar tu caso con el profesionalismo que merece.
Tu primera consulta telefónica es gratis
Región Metropolitana
Antonio Bellet 193 Oficina 609
Región de Valparaíso
7 Norte 645 Oficina 504
Región de Antofagasta
General Manuel Baquedano 239 Oficina 701